Publicada en BOE de 09 de octubre de 2014, la Orden PRE/1838/2014 por el que se aprueba Cl@ve, la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica mediante el uso de claves concertadas.
El uso de este sistema fue acordado en el Consejo de Ministros del19 de septiembre. Y el objetivo principal de este sistema es sustituir el actual sistema de acceso electrónico en la red basada en la obtención de un certificado de firma electrónica por un sistema de claves concertadas más ágil y eficiente de fácil obtención y utilización.
El órgano responsable del sistema Cl@ve será la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones. Además, participarán también en la construcción e implantación del sistema, siendo garantes de su funcionamiento, la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, la Dirección General de la Policía y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda (FNMT‐RCM).
Tipos de identificación
Habrá dos tipos de identificación en esta plataforma común del sector público administrativo estatal:
Cl@ve ocasional: sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo, orientado a usuarios que acceden esporádicamente a los servicios.
Cl@ve permanente: sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo pero no ilimitada, orientado a usuarios habituales.
Puesta en funcionamiento
El Sector Público Administrativo Estatal deberá habilitar el sistema Cl@ve en todos los servicios y trámites electrónicos dirigidos a los ciudadanos antes del 31 de diciembre de 2015. Estarán excluidos los servicios y trámites dirigidos a ciudadanos que estén obligados por la normativa vigente al uso exclusivo de certificados electrónicos incluidos en el ámbito de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, así como el resto de trámites o servicios en los que la normativa reguladora no permita la utilización por los ciudadanos de los sistemas de identificación, autenticación y firma contemplados en la letra c) del artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.
Presupuesto para el desarrollo y puesta en marcha
La aplicación de las medidas previstas se llevará a cabo sin incremento de gasto público.