Desde la publicación de la pasada edición de BOLETIC se han producido importantes novedades en el panorama normativo y estratégico en lo que respecta al funcionamiento de la Administración.
Por un lado, la publicación en BOE de las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que conforman
el marco legal básico por el que se rige la operativa de la Administración Pública.
Por otro, la aprobación en Consejo de Ministros de 2 de octubre del Plan de Transformación Digital de la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos públicos (Estrategia TIC 2015-2020), que instrumentaliza las leyes anteriores en lo
que concierne a la digitalización de la Administración, tanto en su relación con los ciudadanos, como en su funcionamiento interno.
Disponer de un marco legal y estratégico que tenga en cuenta el uso de las Tecnologías de la Información en la Administración acorde al momento en que vivimos es una condición necesaria para no aislarnos de la Sociedad y la ciudadanía, que es a la que servimos.
Se constituye por tanto una base inicial sobre la que empezar a trabajar. Ahora falta todo lo demás. Es absolutamente necesario que la Administración interiorice estos nuevos contextos y asuma el cambio que introducen. Es imprescindible que las distintas unidades de negocio sectoriales vayan de la mano de la evolución tecnológica que dominan las unidades de tecnologías de la información, capaces de hacer de ese marco legal y estratégico una realidad.
Una vez más, revindicamos el papel imprescindible de los Cuerpos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones como motor de la innovación para plantear y desarrollar la transformación digital de las Administraciones.